Acaba de entra en vigor la Ley de Medidas de Agilización Procesal por la que se simplifica el procedimiento mediante el cual los propietarios de una vivienda pueden reclamar las rentas atrasadas a sus inquilinos y acelera los trámites para instar la declaración de desahucio, gracias a la implantación del proceso monitorio en este tipo de conflictos. Así, el objetivo de la nueva ley es agilizar los procesos y acortar los tiempos de respuesta de los tribunales mediante la eliminación de trámites innecesarios.
A partir de ahora, tras la presentación de la demanda de impago por parte del propietario, el inquilino sólo tendrá un plazo de diez días para: abonar la cantidad que debe, abandonar la vivienda o presentar las alegaciones oportunas por las que se niega a pagar la renta. Si tras este periodo el inquilino no ha ejercitado ninguna de estas tres opciones, entonces el secretario judicial deberá fijar una fecha para el desalojo efectivo del inmueble siempre y cuando el propietario así lo solicite.
Antes de la entrada en vigor de esta nueva ley, el proceso era mucho más largo pues una vez presentada la demanda de impago se fijaba la fecha para la celebración de un juicio, lo que podía demorarse varios meses.
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