Gracias a la modificación del artículo 92 del Código Civil llevado a cabo por la Ley del Divorcio en 2005, actualmente se puede solicitar la custodia compartida de los hijos menores de edad cuando una pareja se separa o se divorcia.
Esta es una medida de carácter excepcional y sólo se va a acordar cuando se cumplan una serie de requisitos: - Que sea favorable para el interés de los menores. - Que haya una buena relación entre los padres. - Que los padres vivan cerca el uno del otro. - Que lo hábitos y tipos de educación no sean muy diferentes. - Que los hijos no sean muy pequeños siempre que la madre haya sido la que se haya ocupado fundamentalmente de ellos. Seguir leyendo
Etiquetas: cambio de domicilio, divorcio, Pensión alimenticia, separación





